1. Contrato, clasificación y antigüedad
Contar con un contrato indeterminado como profesor(a) de tiempo completo, estar clasificado(a) en cualquier categoría y tener una antigüedad igual o mayor a 14 semestres de trabajo ininterrumpido como parte de la Facultad en el Tecnológico de Monterrey. El Periodo Sabático podrá solicitarse en el semestre laboral número 15 o posterior.
No se consideran como interrupciones de la antigüedad requerida para solicitar el Periodo Sabático:
- Las licencias obtenidas por el(la) profesor(a), por razones de trabajo para el Tecnológico de Monterrey.
- Incapacidad temporal ocasionada por accidente, enfermedad o embarazo.
- Cumplimiento de los servicios y desempeño de los cargos mencionados en el Artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de las obligaciones consignadas en la fracción III del Artículo 31 de la misma.
2. Periodo Sabático adicional
Se podrá solicitar un Periodo Sabático adicional después de 14 semestres de trabajo ininterrumpido posteriores a haber concluido satisfactoriamente el Periodo Sabático anterior.
4. Direcciones académicas y decanaturas
Las personas en posiciones de direcciones académicas y decanaturas podrán postularse a un Periodo Sabático siempre que cuenten con la autorización de su líder, pero solo podrán ejercerlo si concluyen su cargo administrativo. Para el cálculo de su antigüedad requerida se contabilizará su tiempo de gestión académica-administrativa.